Es un vehículo jurídico, seguro, transparente e innovador estructurado por expertos en materia fiduciaria, contractual y fiscal, que permite unir esfuerzos de dos o más personas con la finalidad de realizar un desarrollo inmobiliario pequeño, mediano o de gran escala, cuyas obligaciones y derechos de los contratantes es y son garantizados por un Fiduciario (FINCALOSA).
Este tipo de instrumento permite:
A. Tener un acuerdo claro en la distribución de responsabilidades, obligaciones y derechos entre las partes (propietario(s), inversionista(s) y constructor(es).
B. Se transfiere la propiedad del bien y los recursos económicos a un Fiduciario (FINCALOSA) para dar cumplimiento a los fines encomendados, sin que se generen impuestos locales o federales.
C. La transmisión de bienes no genera impuestos locales, estatales ni federales.
D. Se constituye un patrimonio autónomo e independiente de los participantes, mismo que es inembargable, permitiendo al Fiduciario (FINCALOSA) como buen padre de familia garantizar los derechos a cada una de las partes.
E. Sirve como un mecanismo de pago a terceros, como son proveedores, deudores, etc.
F. Tener un control en las gestiones, autorizaciones, trámites y licencias.
G. Tener una unión entre las partes sin constituir una sociedad mercantil o sociedad civil.
H. No es necesario iniciar la sucesión en caso de muerte, si son personas físicas, pues inmediatamente el Fideicomisario Sustituto designado tiene a su disposición sus derechos.
I. Disponible 24/7 la información mediante la plataforma CONSTRUFIN.